Buenas:
Quiero abrir un debate sobre la obligación, en algunos aeropuertos, de contratar un servicio de handling. Que yo sepa, esto ocurre seguro en Torrejón (LETO) y en Mahón (LEMH), aunque estoy convencido de que esta práctica se lleva a cabo en muchos otros aeropuertos.
Para los usuarios de aviación ligera, es absurdo que te hagan contratar un servicio, que lo único que hace es llevarte desde aviación general a la terminal. Si me dejasen, me iba yo solito, y hasta hace cuatro días te llevaba el señalero más a gusto que nadie, y todos contentos. Si hay alguien con conocimientos de derecho, que nos ilumine.
Me gustaría saber qué opináis al respecto, y en qué otros sitios ocurre esto.
Yo tengo serias dudas sobre la legalidad de obligar a un usuario privado a contratar handling. ¿Viene en el AIP? ¿Puedes elegir la compañía de handling, o el aeropuerto te lo impone? Porque sino podríamos hablar de monopolios y el consecuente abuso al usuario.
Sinceramente, esto me parece un atraco a mano armada, y con el beneplácito (como no) de AENA y la Autoridad competente.
Espero vuestros comentarios.
Un saludo,
Perdón, se me ha colado una frase donde no tocaba.
Cuando decía lo de alguien con conocimientos de derecho, me refería al párrafo siguiente, sobre la legalidad de esta práctica.
Saludos,
Me parece que en Valencia también ocurre.
Buenas tardes,
En aviación deportiva no te se decir exactamente, pero hay que distinguir una cosa, el guiado por la plataforma se cobra en forma de tasas (aunque no te lo se decir con total seguridad, 90% de que si) y es un servicio de prestación exclusiva en España por AENA, y como las tasas por aterrizaje y demás hay que pagarlas.
Relativo a los aeropuertos, al menos Torrejón es una base militar abierta al tráfico civil, con lo que puede haber ciertas obligaciones. Eso lo puedes encontrar en el AIP
En cuanto a la legislación relativa al handling, en España todos los aeropuertos con más de 1.000.000 de pax o 25.000 Tn de carga tienen el handling liberalizado, y en ellos presta servico de handling AENA y como mínimo un par más de operadores.
En Europa la limitación es más alta, 2.000.000 y 50.000 Tn.
Siempre puedes hacer autohandling, y la única cosa que de momento está monopolizada es el tema de la gasolina (CLH) y en algunos aeródromos el handling pero por motivos de seguridad.
Ahora mismo no tengo tiempo para mirartelo, pero puedes consultar la Directiva Europea 67/1996 (la puedes encontrar en el Boletin Oficial de la Com. Europea, número 272/1996) y su trasposición española en el Real Decreto 1191/99 (que lo tienes en el BOE). Son textos un poco espesos pero muy interesantes.
Espero que te haya servido de ayuda,
Un saludo