Muy buenas a todos,
A ver si alguien me puede resolver una duda que tengo. La verdad, yo creo verlo bastante claro pero puede ser que me equivoque ya que hay gente que no lo ve así.
Bueno, a lo que iba. El otro día, hablando con gente de mi antigua escuela, comentaban que entre los requisitos para comenzar un curso de FI(A) eran necesarias, entre otras cosas, 200 horas de vuelo. Después de mirar las JAR (puesto que antes también pedían las 200 horas) y posteriormente en las nuevas FCL de EASA, veo que tienen un punto en común que es el siguiente:
FCL.915.FI FI – Requisitos previos
(…)
b) adicionalmente, para el FI(A), deberá:
1) ser titular de una CPL(A), o
2) ser titular de, al menos, una PPL(A) y haber:
i) cumplido los requisitos para los conocimientos teóricos de la CPL, y
ii) completado al menos 200 horas de vuelo en aviones o TMG, de las cuales 150 horas serán como piloto al mando;
De aquí yo interpreto que las 200 horas son necesarias si no eres el titular de una licencia CPL y eres PPL.
¿Alguien me puede confirmar?
Saludos y gracias.
No,yo creo que se refiere a que debes tener una de las dos y cumplir los otros dos requisitos(i,ii).Es igual que antes,había que tener 200 hrs totales (yo soy FI);con la diferencia que ahora permite que una licencia de PPLA pueda ser FI de PPLA,pero habiendo superado los requisitos teóricos de CPL.En la práctica es que un CPL que deje de ser CPL y se quede con la licencia de PPL puede seguir siendo FI o sacarse el FI,ya que ha superado antes los requisitos teóricos de CPL.Creo que la idea era o es esa.
El tema es que tras esto me surgió la duda y mirando requisitos en otra escuela bastante conocida en España piden lo siguiente:
«Tener como mínimo una CPL(A), o bien en el caso de ser solamente titular de una PPL(A): haber realizado 200 horas de vuelo, de las que 150 horas serán de Piloto al Mando (PIC).»
Es decir, en esta escuela interpretan la ley del modo en que digo; ante la duda los llamé y me confirmaron el tema de las horas para la licencia PPL. Sin embargo según en que sitio me dicen lo contrario.
No sé si es un tema de interpretación de la legislación o de escuelas que quieren buscar algún resquicio para poder vender paquetes de horas.
¿Alguien más me puede confirmar? Porque yo sigo creyendo que los puntos i) e ii) son en relación al punto 2, ya que no tiene sentido que diga que tienes que ser CPL en el punto 1 y en el punto i), tras hablar de la licencia de privado, diga que tienes que tener los conocimientos de la CPL. Se entiende que si lo que se dice en i) e ii) fuera para ambas licencias no tendría sentido que recalcaran lo de los conocimientos teóricos de CPL.
La directa es que intentes hablar con alquien de AESA y te lo confirmen.Al final es lo que digan ellos lo que importa.Intenta hablar con el departamento adecuado.Eso sí que tengas suerte de contactar con alguien.