Mapima escribió:
Es cierto,una cosa es la info que te dan según el tipo de ATS y otra la info k te da el ATC por otro lado es lògico.
vertical y horizontal…OK
Para más detalle Anexo 11 OACI
La separación proporcionada por una dependencia del control de tránsito aéreo se obtendrá por lo menos en una de las formas siguientes:
a) separación vertical, mediante la asignación de diferentes
niveles, elegidos entre:
1) la tabla adecuada de niveles de crucero que figuran en el Anexo 2, Apéndice 3, o
2) una tabla de niveles de crucero modificada, cuando así se prescriba de conformidad con el Anexo 2, Apéndice 3, para los vuelos por encima del FL 410, si bien la correlación entre niveles y derrota allí prescrita, no se aplicará cuando se indique otra en las pertinentes publicaciones de información aeronáutica o en las autorizaciones del control de tránsito aéreo;
b) separación horizontal, obtenida proporcionando:
1) separación longitudinal, manteniendo un intervalo entre las aeronaves que lleven la misma derrota, o derrotas convergentes o recíprocas, expresada en función de tiempo o de distancia; o
2) separación lateral, manteniendo las aeronaves en diferentes rutas o en diferentes áreas geográficas;
c) separación compuesta, consistente en una combinación de separación vertical y una de las otras formas de separación indicadas en b), utilizando para cada una de ellas mínimas inferiores a las que se utilizan cuando se aplican por separado, pero no inferiores a la mitad de
esas mínimas. La separación compuesta sólo se aplicará en virtud de acuerdos regionales de navegación aérea.
Nota.— En el Manual de planificación de servicios de tránsito aéreo (Doc 9426) figura texto de orientación relativo a la implantación de la separación compuesta lateral/vertical.
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