El abuso tiene un nombre: ilegalidad

Tema creado por el 06/03/2012 21:14
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Respuesta de Anónimo el 06/03/2012 21:14

Imposición de condiciones ilegales de trabajo

De acuerdo con el art. 311.1 CP, será castigado con prisión de seis meses a tres años más multa de seis a doce meses el que, mediante engaño o abuso de una situación de necesidad, imponga a los trabajadores a su servicio condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual.

Por condiciones laborales ha de entenderse todas las que constituyen el contenido de la relación de trabajo. Condiciones de Seguridad Social son, también, todas las referidas a la relación jurídica de Seguridad Social, incluido el derecho a prestaciones a disfrutar una vez extinguida aquélla.

El precepto penal parece especialmente pensado para los supuestos de “trabajo negro” o “irregular”, es decir, lo que benévolamente viene a llamarse economía sumergida, de gran importancia y extensión en España. Estas situaciones generan el comportamiento típico por antonomasia de imponer condiciones laborales y de Seguridad Social ilegales, al excluir a los trabajadores “sumergidos” de todos los mínimos de tutela legal o convencional. Otros conocidos supuestos vienen a suponer especificaciones del mismo fenómeno, como son:

la violación de las normas de tutela de trabajo a domicilio (art. 13 del Estatuto de los trabajadores -ET-), que constituye una de las modalidades en las que más se prodiga el trabajo sumergido;
la infracción de preceptos que disciplinan las condiciones mínimas de realización del trabajo, como los relativos a la jornada máxima y salario mínimo;
la transgresión de las prohibiciones de admisión al trabajo y de realización de trabajos nocturnos y horas extraordinarias que el art. 6 ET establece para los menores de edad; o bien
otros supuestos no reconducibles a los de despido, como los de movilidad geográfica con las correspondientes indemnizaciones por traslado, o los de modificación sustancial de condiciones de trabajo.

Que no os tomen el pelo. Swiftair, contratos de cadetes sin remuneración, cambios abusivos de contrato…. es ilegal
Se están aprovechando de los pilotos de este país.

Tenemos derechos que se están pisoteando

Sin VOZ no vales NADA

Respuesta de Anónimo el 07/03/2012 04:32

Buenos dias compañero, me he molestado en leer los mensajes que has puesto en relazion a las «ilegalidades» y te digo que estoy de acuerdo contigo, pero que podemos hacer cuando los politicos que son los mayordomos de los empresarios (por no decir sirvientes) hacen las leyes a medida de los explotadores, y dia a dia con la excusa del miedo, de la crisis, de la «recuperacion» pisotean los derechos que nuestros padres y sus padres consiguieron.

Es una pena pero poco se puede hacer porque poco margen de maniobra nos dejan, tarde o temprano y solo cuando la gente no tenga que comer, o cuando nos quiten el futbol (pais de borregos) solo entonces puede que esto explote y entonces las cosas cambiaran.

Un saludo a todos

Respuesta de Anónimo el 07/03/2012 11:23

Tienes TODA la RAZÓN pero si NO HABLAMOS de esta LAMENTABLE situación de la AVIACIÓN, la gente lo OLVIDA y la ESCALADA de DETERIORO sería IMPARABLE.

Se EMPIEZA DICIÉNDOLO.

Se SIGUE ESCUCHÁNDOLO.

Al final se ACTÚA.

¿El TIEMPO? ¿Depende de CADA UNO?

Pero no podemos SILENCIAR MÁS.