Cuanto puede volar un TCP al dia?

Tema creado por el 24/12/2010 14:01
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Respuesta de Anónimo el 24/12/2010 14:01

Alguien me podria decir, lo la tripulacion (Tcp’s) que van de MAD-CAI o MAD-DME, que el vuelo dura 4 horas y algo, van y vienen a Madrid en el vuelo siguiente, o se quedan en el aeropuerto de destino?

Graciass!!

Respuesta de Anónimo el 24/12/2010 14:01

Alguien me podria decir, lo la tripulacion (Tcp’s) que van de MAD-CAI o MAD-DME, que el vuelo dura 4 horas y algo, van y vienen a Madrid en el vuelo siguiente, o se quedan en el aeropuerto de destino?

Graciass!!

Respuesta de Anónimo el 24/12/2010 14:22

Se pueden hacer perfectamente ambos vuelos, no tengo aqui la 16B a mano. Depende de la hora a la que firmes.

Pero si, ambos vuelos se pueden hacer de ida y vuelta.

Esas rutas me imagino que las opera Iberia.

Respuesta de Anónimo el 24/12/2010 14:36

Si claro, las hace Iberia.
Y como vi, que son los mismos aviones de ida y vuelta, y la vuelta es una hora… mas o menos despues de la llegada, por saber.

Muchas graciass!!

Respuesta de Anónimo el 24/12/2010 16:42

Perdóname si me baila algún dato, pero si no me equivoco la normativa dice que puedes volar hasta 13 horas seguidas, se puede recortar dependiendo del número de sectores que tenga el día, pero toma como referencia esas 13 horas, por lo que esos vuelos se pueden hacer con total normalidad…

Respuesta de Anónimo el 24/12/2010 17:22

El vuelo de dme lo tenemos con pernocta allí (el nocturno) y el i/v (el diurno), en cambio CAI lo hacemos siempre i/v.

Respuesta de Anónimo el 24/12/2010 17:23

Añadir además que nosotros no nos regimos por la 16B, si no que lo hacemos por nuestro convenio que es más restrictivo.

Respuesta de Anónimo el 24/12/2010 17:38

Dparedero resumiendo, efectivamente es así.

Añado por si te interesa y no lo encuentras en algún otro sitio:

Subparte Q – OPS 1.1100:
» … 1.3. El período máximo diario de actividad de vuelo que se tomará como base es de 13 horas.

1.4. Estas 13 horas se reducirán en 30 minutos por cada sector a partir del tercer sector en adelante, con una reducción total máxima de dos horas.

1.5 Cuando el período de actividad de vuelo se inicie durante la fase de ritmo circadiano de mínimo rendimiento (esto es entre las 2.00 y las 5.59 horas dentro de una banda de tres husos horarios tomando como referencia la hora de la base), el tiempo máximo indicado en los puntos 1.3 y 1.4 se reducirá en el 100% de su coincidencia con dicha fase hasta un máximo de dos horas. Cuando el período de actividad de vuelo termine en la fase de mínimo rendimiento o la abarque completamente, el tiempo máximo indicado en los puntos 1.3 y 1.4 se reducirá en un 50% de su coincidencia.

2. Extensiones:

2.1 El período máximo diario de actividad de vuelo podrá extenderse en UNA HORA a lo sumo.

2.2 nO se permitirán extensiones cuando el período de actividad de vuelo base sea de seis sectores o más.

2.3 Cuando el período de actividad de vuelo coincida con la fase de mínimo rendimiento en dos horas a los sumo, las extensiones estarán limitadas a cuatro sectores.

2.4 Cuando el período de actividad de vuelo coincida con la fase de mínimo rendimiento en más de dos horas, las extensiones estarán limitadas a dos sectores.

2.5 El número máximo de extensiones permitidas será de dos cada siete días consecutivos.

2.6 Cuando en un período de actividad de vuelo se prevea emplear una extensión, el tiempo de descanso mínimo anterior y posterior al vuelo se incrementará, en cuatro horas. Cuando se realicen extensiones en períodos de actividad de vuelo consecutivos, el descanso anterior y posterior entre las dos operaciones se tomará seguido.

2.7 Cuando un período de actividad de vuelo con extensión comience entre las 22.00 y las 4.59 horas, el operador limitará el tiempo de actividad en vuelo a 11 horas y 45 minutos.»

Espero haber ayudado en algo más. Saludos

Respuesta de Anónimo el 25/12/2010 09:38

Hola je92,

En primer lugar desearte Feliz Navidad !!!.

Y en respuesta a tu pregunta. Un TCP puede realizar tantas horas de actividad como indica la norma de la 16 Bravo (16B), en la cual te indica las horas de actividad que puedes realizar en relación con la hora de firma y el número de saltos a realizar en esa jornada.

Espero que esto haya resuelto tu duda.

Un saludo.

Respuesta de Anónimo el 25/12/2010 17:17

Felices fiestas antes de nada!!

Hombre, un vuelito de 4 horas por trayecto no es nada del otro mundo, por sentido común (y por bajar costes) la tripulación hará la ida y la vuelta. Además de lo que dice la 16B tenemos que añadir la Subparte Q, con lo que podemos hacer hasta 15 horas seguidas.

Saludos y BV!