La cosa es muy sencilla, si tu estas volando en un avion con matricula November en cielo USA, ¿A que normativa estas sujeto? ¿A la española por tener un LogBook español?
Porque ni siquiera estas volando con una licencia JAR, como mucho estarias volando con una licencia FAA sujeta a una JAA, pero licencia FAA sometida a la legislacion USA y normativa FAA.
Una vez más, totalmente de acuerdo, pero no vale para sumar horas de piloto al mando en Europa y menos para obtener una CPL, salvo que hagas trampa con «doble log book y certificado de madera, pero aquí no es legal, por enésima vez recuerdo tus propias palabras:
Tu pon como condicion a la escuela de USA te las certifique todas como piloto al mando (nada de piloto de seguridad ni pollas en vinagre), anotatelas todas como piloto al mando y a correr
Es legal, NO
Cuela, Se ve que si no te pillan SI… mientras dure.
La realidad es que la gente sigue haciendo Shared y con la apostilla de la Haya, tienen convalidadas sus horas de PIC en España para seguir el CPL, de hecho un par de conocidos ya están en aerolíneas trabajando
Si es cierto, es lamentable.
Para los que nos somos millonarios, estamos en paro, se nos pasa el arroz y que tenemos que luchar por seguir cada módulo con la incertidumbre de saber si podré o no podré permitírmelo, el tiempo Shared es nuestra única salvación.
Hablar de salvación, puede hablar un desauciado, un indigente, un enfermo terminal, la victima de un desastre natural, un naufrago…
Hacer trampa para obtener una licencia de piloto no es una salvación, es inmoral y si me apuras un delito (falsificación de documento público).
A mi me gustaría tener un lamborgini y no digo que mi única «salvación» es robarlo, me aguanto en mi utilitario y lo miro en revistas. Por cierto, si lo robo y no me pillan lo tendré, pero no es legal y como me pillen voy «pa dentro». Luego le diré al juez; señoría era mi «única salvación» para conducir un Lamborgini, a lo mejor me suelta :cheer:
saludos
Conclusión de tanta discusión, se pueden hacer las horas por un motivo u otro, no se incurre en ninguna ilegalidad, luego cada uno tiene la parte ética de si es lo más correcto o no, y yo apuesto porque se aprende mucho más volando allí que dando paseos alrededor de un aeropuerto en España.
Felices vuelos.
La verdad que viendo como está el patio por aqui y leyendo lo que escribís, no me extraña lo que me han contado.
Os explico, un compañero de promoción mio me ha dicho que le han «sellado» el logbook para ponerse él las horas que quiera, a cambio de pasta que ha pagado a una persona de dentro de la empresa que lo ha hecho. Yo la verdad que me quedé flipado, porque no sé hasta que punto le puede valer eso o no. A mí me pidieron las horas de vuelo selladas, con la apostilla de la Haya y el notario de por medio. Me parece que como quiera salir e España le van a pillar si o si, pero visto como están las cosas en España, quizás le valga.
Me da pena que las cosas estén así, es una profesión preciosa pero lo cierto es que se ha convertido en un negocio y en juegos sucios.
Fonzo Guerra se sentiria identificado y muy orgulloso de tu demagogia.
Mis felicitaciones.
Creo recordar que la normativa dice algo de que deben haber sido voladas en un avion certificado por un pais JAR o cuyo certificado sea aceptado por la autoridad nacional de un pais JAR. No lo cito al pie de la letra porque lo digo de memoria, pero no recuerdo nada que diga que tienen que haber sido voladas bajo Normativa JAR ni anotadas segun normativa JAR. Mientras que lo de la ceritificacion del «Parato» si lo puntualizan.
Lo de puntualizar que te las certifiquen de ese modo es para que cuando llegues a Aviacion Senil, el Butanito (Jose Maria Garcia) no te diga que asi no valen y tengas que volver a por el certificado segun como lo quieren aqui.
Me aburro,
por última vez:
Estos son los únicos casos en los que te puedes apuntar una hora de piloto al mando según las JAR:
c) Registro del tiempo
Tiempo de vuelo de piloto al mando
El titular de una licencia puede anotar como tiempo de piloto al mando todo el tiempo de vuelo durante el cual actúa como tal.
El solicitante o titular de una licencia de piloto puede registrara como tiempo de piloto al mando todo el tiempo de vuelo solo y el tiempo de vuelo como alumno piloto al mando siempre y cuando este tiempo de SPIC sea conformado por el instructor.
El titular de una habilitación de instructor puede registrar como piloto al mando todo el tiempo de vuelo durante el cual actúa como instructor en un avión.
El titular de una autorización de Examinador puede registrar como piloto al mando todo el tiempo de vuelo durante el cual ocupa un asiento de piloto y actúa como examinador en un avión.
Un copiloto que actúa como piloto al mando bajo la supervisión del piloto al mando en un avión en el cual se requiere más de un piloto de acuerdo con la certificación de tipo del avión o requerido por JAR-OPS siempre y cuando este tiempo de piloto al mando bajo supervisión sea conformado por el piloto al mando (ver (c)(5).
Si el titular de la licencia realiza varios vuelos el mismo día volviendo en cada ocasión al mismo lugar de salida y el intervalo entre los vuelos sucesivos no excede de 30 minutos, puede anotar con una sola anotación la serie de vuelos.
No hay más, el resto es trampa y digo yo, puestos a hacer trampa, hacer lo que comentaba mustang, pagas por el papel y ni te subes al avión, es más cómodo ¿no? total lo de menos es la calidad y saber volar.
Suerte con las piratadas que en breve os va a hacer falta.
saludos.
zarko escribió:
Conclusión de tanta discusión, se pueden hacer las horas por un motivo u otro, no se incurre en ninguna ilegalidad, luego cada uno tiene la parte ética de si es lo más correcto o no, y yo apuesto porque se aprende mucho más volando allí que dando paseos alrededor de un aeropuerto en España.
Felices vuelos.
Vuelvetelo a leer, no lo has entendido, ES ILEGAL.. Por enésima vez pongo las JAR:
c) Registro del tiempo
Tiempo de vuelo de piloto al mando
El titular de una licencia puede anotar como tiempo de piloto al mando todo el tiempo de vuelo durante el cual actúa como tal.
El solicitante o titular de una licencia de piloto puede registrara como tiempo de piloto al mando todo el tiempo de vuelo solo y el tiempo de vuelo como alumno piloto al mando siempre y cuando este tiempo de SPIC sea conformado por el instructor.
El titular de una habilitación de instructor puede registrar como piloto al mando todo el tiempo de vuelo durante el cual actúa como instructor en un avión.
El titular de una autorización de Examinador puede registrar como piloto al mando todo el tiempo de vuelo durante el cual ocupa un asiento de piloto y actúa como examinador en un avión.
Un copiloto que actúa como piloto al mando bajo la supervisión del piloto al mando en un avión en el cual se requiere más de un piloto de acuerdo con la certificación de tipo del avión o requerido por JAR-OPS siempre y cuando este tiempo de piloto al mando bajo supervisión sea conformado por el piloto al mando (ver (c)(5).
Si el titular de la licencia realiza varios vuelos el mismo día volviendo en cada ocasión al mismo lugar de salida y el intervalo entre los vuelos sucesivos no excede de 30 minutos, puede anotar con una sola anotación la serie de vuelos.
Si tu haces las horas en España dendo vueltas alrededor de un aeropuerto, tienes dos opciones; deja de dar vueltas alrededor de ese aeropuerto y haz las cosas bien, o vete a usa o a la conchinchina pero a volar y a aprender, no a falsificar papeles.
saludos
Sin duda, hay que hacer las cosas bien. Yo lo que ha hecho el chico este que os dije de pagar por el papel, y ni tocar los mandos me parece ya un caso extremo.
Supongo que tarde o temprano, si haces trampas, te pillan. Lo que no sé es el grado de «investigación» que hacen las aerolíneas. La mía (ejecutiva) si que indagó y como os comenté, me pidieron apostillas, etc… Pero en otros sitios no sé si verifican si habéis ido 2 en la avioneta, si os habéis apuntado cada uno la hora como PIC, y esas cosas.
Cordobés pon las normas FAR que indican que es ilegal. Las horas de vuelo en USA no tienen nada que ver con la JAA.
Buenas Cordobesvolador,Podrias copiar tambien las normativas china y rusa.
Aunque tampoco venen a cuento cuando vuelas en aviones November, como la JAA, tengo curiosidad.
😛
Ja ja ja ja ja
Pero vamos a ver, que vale en Usa no lo discute nadie, pero que NO puedes hacerlo para obtener una licencia Europea está más que claro.
En Europa no se admiten dos pilotos al mando en un avión monopiloto (salvo en los casos que he reiterado varias veces), y en USA sólo lo admiten cuando uno lleva HOOD y el otro mira fuera, sólo en ese momento y NUNCA para sumar horas para el CPL.
Que os currais un certificado de madera y os cuela, pues suerte que habéis tenido, pero NO se puede hacer.
Que mola volar en Usa y que se aprende mucho haciendo tomas y despegues en LAX y que mi abuela fuma pues vale, pero no hablamos de eso.
Podéis hacer la prueba, apuntaros en el loog book europeo un vuelo de piloto al mando especificando en observaciones «safeti pilot con el PIC X» y que en el certificado de horas figure; x horas de piloto al mando de las cuales Y son de safety pilot. Luego me lo contais.
Una vez más SyS a que viene sino tu «consejo»:
Tu pon como condicion a la escuela de USA te las certifique todas como piloto al mando (nada de piloto de seguridad ni pollas en vinagre), anotatelas todas como piloto al mando y a correr
Saludos
Llevo días siguiendo este tema y ya no aguanto más, tengo que hablar.
Gracias SyS por ser fuente de inspiración de mi nick, por cierto, que sepas que el que tu llamas butanito sigue puntualmente este foro 😉 .
En este asunto la norma es clara, en Europa no valen las horas de «piloto de seguridad», voladas en Estados Unidos, como horas de piloto al mando, directamente no se contabilizan de ninguna forma.
«Arreglar» certificados o duplicar cartillas de vuelo con anotaciones falsas es ilegal.
1. El particular que cometiere en documento público, oficial o mercantil, alguna de las falsedades descritas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390, será castigado con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.
Estos son los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390:
Alterando un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial.
Simulando un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad.
Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho.
Que nadie tenga dudas con respecto a esto, no se puede hacer, no vale, los únicos casos en lo que te puedes apuntar las horas como piloto al mando en un avión SE para la obtención de una licencia JAR son los que de forma reiterada ya ha puesto el usuario Cordobés.
Hacer las cosas bien y mejor nos irá a todos, quien quiera volar en América adelante, pero que lo haga bien.
Lo mejor de todo es que en USA según a que FSDO preguntes te dan una interpretación distinta. Esto si no lo denuncia alguien o hay accidente de por medio seguirá haciéndose sin que pase nada. Pero el día, Dios no lo quiera, se salga un avión de la pista, por ejemplo un Ibexpresso, el seguro investigue, por si se pueden librar de pagar, y descubran que el piloto al mando de las 3000 hrs que tiene, unos cientos son de «mirar», pues entonces será cuando alguno desearía no haberse ahorrado tanto dinero.
ALFA1 escribió:
Lo mejor de todo es que en USA según a que FSDO preguntes te dan una interpretación distinta. Esto si no lo denuncia alguien o hay accidente de por medio seguirá haciéndose sin que pase nada. Pero el día, Dios no lo quiera, se salga un avión de la pista, por ejemplo un Ibexpresso, el seguro investigue, por si se pueden librar de pagar, y descubran que el piloto al mando de las 3000 hrs que tiene, unos cientos son de «mirar», pues entonces será cuando alguno desearía no haberse ahorrado tanto dinero.
No tengo por costumbre comentar obviedades. Y no, no depende de que FSDO consultes. Mi carta, de la que observo no dices nada, no es de un FSDO: es de la FAA.
Y sobre los seguros y tal. Lo tienen mas facil; que consulten cuantos pilotos españoles sacaraon sus licencias sin las horas nocturnas y solo requeridas por ley. Mas del 90%… Y cuantos que nunca hicieron una aproximacion real??. Que eso de hacer aproximaciones VOR en Navas es muy pero que muy cutre. Y lo de hacer examenes de vuelo con el instructor a la derecha y el examinador detras??. Y los exames teoricos donde las escuelas dejan copiar mientras el examinador se va a tomar un cafe?. por no hablar de los famosos «pata negra»… Hombre, que un español me venga a decir a mi, a estas alturas, que la formacion española es mejor que la americana… por favor….
Y os parece el tema del safety pilot grave pero de lo de España no comentais nada.
Saludos.
No tengo por costumbre comentar obviedades. Y no, no depende de que FSDO consultes. Mi carta, de la que observo no dices nada, no es de un FSDO: es de la FAA.
Tu carta es válida para USA, pero no tiene ninguna validez al respecto de los requisitos europeos.
Hombre, que un español me venga a decir a mi, a estas alturas, que la formacion española es mejor que la americana…
Es que no se está debatiendo eso, ni creo haber leido eso por aquí, se habla de las horas de safety pilot.
Y os parece el tema del safety pilot grave pero de lo de España no comentais nada.
No se habla de si es grave o no (a mi concretamente me lo parece) se habla de si cuentan o no esas horas como piloto al mando para optar a la CPL europea y la respuesta es clara, NO CUENTAN, salvo que las camufles o falsifiques, e insisto, tu carta de la FAA no dice lo contrario, entre otras cosas por que la FAA no tiene atribuciones para ello.
Lo de los balones fuera sobre España, está bien como despeje cuando no se puede defender lo indefendible, pero no tiene nada que ver con este debate.
Si quieres aconsejar a la gente para que se forme en USA hazlo, pero no les aconsejes que falsifiquen horas, aconseja que lo hagan bien.
saludos
«Obviedades», Madre del Amor hermoso, un FSDO, ES la FAA. La oficina local de la FAA, donde vas a hablar con los inspectores cara a cara. Y yo lo hice como usuario y como Chief Flight Instructor de la escuela donde estaba, y el inspector era Hal Kennedy, la carta que tu tienes para mi tiene el mismo valor que lo que yo pongo aquí. De todo lo demás no tiene ningún sentido las cosas que dices con lo que estamos tratando, la validez de esas horas para la obtención de una licencia JAA. Personalmente opino que la instrucción en USA es mejor que aquí, aunque por supuesto allí también hay varios niveles, pero eso es otro debate. Al que te ha firmado esa carta cuéntale que te quieres apuntar 50hrs de pic para sacarte el comercial sin haber estado a los mandos a ver que le parece, donde yo he estado desde luego no se hacía.
ALFA1 escribió:
yo lo hice como … Chief Flight Instructor de la escuela donde estaba, y el inspector era Hal Kennedy, la carta que tu tienes para mi tiene el mismo valor que lo que yo pongo aquí.
Los argumentos de autoridad en foros anonimos son una perfecta memez. Creo que todos nos damos cuenta de que en estos foros pululan muchos cantamañanas… Yo pongo datos contrastables (por cierto, la carta no es mia. Es publica. Buscala en internet…). Tu das opiniones incontrastables. Que cada uno se quede con lo que le de la gana.
Respecto a que un FSDO (es mas, un aviation safety inspector de un FSDO…) es la FAA, es como decir que un policia es el Ministerio del Interior. Lo es?.
Saludos.
Esto cada vez se pone mejor, la carta no te la dieron a ti sino que es algo que has encontrado en internet, PATETICO. Estoy deacuerdo contigo que en estos foros hay mucho cantamañanas.
ALFA1 escribió:
Esto cada vez se pone mejor, la carta no te la dieron a ti sino que es algo que has encontrado en internet
No se si conoces como funciona la FAA (nada menos que un Chief Pilot con, supongo, ATP y 6 años de experiencia…). La carta que te puse (que intuyo no has leido o no has entendido… ya se que son muchas letras juntas y es pesado) es de un ente dentro de la FAA que se llama Office of the Chief Counsel. Esa carta es la respuesta de el Assistant Chief Counsel, Regs and Enforcement Division a una pregunta que le hicieron hace años. Fijate, asi son los americanos; si tienes alguna duda les escribes y en semanas te mandan una carta, y, ademas, publican esa respuesta en la web de la FAA para que todos podamos leerla.
Resumiendo, lo que yo digo esta explicado (de nuevo, lo siento, hay que leer y entender…) en el Code of Federal Regs (titles 14 and 49) y mas especificamente en la parte 61 y 91. Ademas, para los que son durillos de entendederas les he puesto un enlace con una carta donde se explica, incluso con ejemplos, el asunto. Yo pongo datos, referencias y nombres.
Tu, por otra parte, nos dices que alguien dijo algo a alguien al mas puro estilo Gila.
Pues nada, que cada uno se crea lo que quiera; a alguien anonimo (Yo) que pone datos o referencias o a alguien (tu) que dices haber sido Chief Pilot durante 6 años en una escuela de USA y que alguien te dijo algo que contradice las FAR.
Saludos.
«(1) Experiencia. El aspirante a una licencia de PC (A) que no se haya graduado en un curso integrado de vuelo, realizará como piloto de aviones que dispongan de un certificado de aeronavegabilidad emitido o aceptado por un Estado miembro de las JAA, al menos 200 horas de tiempo de vuelo.»
Esta es la unica parte en la que se menciona algun tipo de condicion en caso de volar las horas en algun otro pais no JAR. Que el avion tennga certificado de aeronavegabilidad aceptado por algun estado miembro.
En niguns sitio se menciona que las horas computadas como piloto al mando en un pais no JAR,en caso de diferencia de criterios, deben de ser computadas siguiendo la normativa JAR en vez de siguiendo la normativa que rige en el pais de matricula del avion.
Apartir de aqui, agradeceria que alguien me mostrase la parte de la normativa JAR traspuesta a nuestro ordenamiento juridico que indica que las horas de vuelo como piloto al mando unicamente podran computarse segun la normativa JAR. Donde dice que en caso de paises no JAR en los que se computen como horas de piloto al mando de modo distinto al de la normativa JAR, estas unicamente se podrancomputar para la obtencion de una licencia CPL siguiendo la normativa JAR.
¿Existe esa restriccion en la normativa?
Si existe en nuestro ordenamiento juridico tal restriccion, ruego que me indiqueis donde.
Tengo la sensacion de que alguien aplica una resticcion en Aviacion Senil para que no resulte tan rentable ir a Hacer horas a los USA.
Por cierto Butanito,
No es necesario que copies las penas nacionales por falsificacion de documento publico cuando se habla de certificados de horas USA fidelignos, reales y no falsificados.
Cuentanos mejor lo que dice la ley de aministraciones publicas sobre la «ARBITRARIEDAD» en las acciones de los funcionarios publicos.
A mi, personalmente me decepciono mucho como persona el Butanito de Aviacion Senil en las dos ocasiones en las que suve contacto personal con él.
Entonces, ¿contéstame por que das este consejo que copio por enésima vez?
Tu pon como condicion a la escuela de USA te las certifique todas como piloto al mando (nada de piloto de seguridad ni pollas en vinagre), anotatelas todas como piloto al mando y a correr
Si esas horas fuesen válidas, no sería necesario «dar indicaciones» de como certificarlas para hacer la trampa y que cuele.
Y otra cosa, después de tu «sabio» y tramposo consejo, como osas poner después:
No es necesario que copies las penas nacionales por falsificacion de documento publico cuando se habla de certificados de horas USA fidelignos, reales y no falsificados.
Este debate empieza a ser un coñazo.