Leyendo detenidamente el MUPET que ha publicado Senasa, me he encontrado con lo siguiente sobre el límite de tiempo-exámenes para sacarse la parte teórica:
a) En el caso de los exámenes de conocimientos teóricos para la obtención de licencias
ATPL o CPL de avión y helicóptero y la habilitación IR, está establecido en el JAR‐FCL
1.490 y 2.490, que se considerará que el aspirante ha completado con éxito los
exámenes de conocimientos teóricos requeridos para la licencia o habilitación de que
se trate, cuando haya aprobado todos las materias requeridas en un período de 18
meses, contados desde el final del mes en el que el candidato ha intentado el primer
examen. Además el aspirante repetirá todos los exámenes como si fuese un intento
inicial si no ha aprobado cualquier examen individual en cuatro intentos o no ha
podido aprobar todos los exámenes en seis sesiones o en el plazo indicado de 18
meses. Antes de repetir los exámenes el aspirante se someterá a nueva instrucción tal
como determine la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, habiendo oído al responsable
de la escuela
b) En el caso de las licencias PPL de avión y helicóptero se establece que para alcanzar el
aprobado, el alumno/a deberá haber superado todas las materias en un período de 18
meses contados desde el final del mes natural en que el aspirante se examinó por
primera vez. Si no lo consigue deberá repetir todos los exámenes
Leo mal o para PPL puedes suspender más de 4 veces un examen sin luego tener que repetir todos los exámenes de nuevo? Solo hace referencia a los 18 meses para aprobar TODAS las asignaturas..